Gestión ante el Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes

 




Recogemos una instancia de fecha 19/12/1930, dirigida al Ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes

Dña. Catalina Mir y Real de Bonilla, con cédula personal de 13ª clase expedida en Jaén con fecha 14/10/1930, bajo el nº 18.550, como fundadora, en dicha capital, de la Institución benéfico-docente denominada Escuela Nocturna del Niño Jesús de Praga, A V. E. con la consideración debida expone:

Que hace once años fundé en Jaén una Escuela nocturna con el nombre antes expresado, completamente gratuita, para hijos de obreros del campo y del taller, montada con gran modestia en un local que sin retribución alguna me cedieron para este fin, y sostenida por una suscripción entre varias familias.

Bien pronto fue aumentando el número de alumnos, demostrando llenar esa Escuela una verdadera necesidad en la referida ciudad de Jaén, pues por verse obligados a trabajar desde muy pequeños era asombroso el número de muchachos analfabetos que solicitaban ser admitidos.

Animada con este resultado procuré para la Escuela un local propio, buscando fondos para adquirirlo por medio de funciones de beneficencia y otros recursos adecuados, decidiéndome al mismo tiempo a constituir legalmente al Fundación, haciéndolo así mediante escritura que lleva fecha de 23/6/1921, otorgada en Jaén por el notario José Azpitarte y Sánchez y presentando sus Estatutos al Gobierno Civil de la expresada ciudad.

Se compró una casa muy modesta y en etapas consecutivas se le han ido haciendo las obras necesarias para que reúna las condiciones debidas. En la actualidad acuden a la Escuela una media de 100 muchachos entre 10 y 20 años, a los cuales, durante dos horas diarias, excepto el mes de agosto, que es de vacaciones, se les enseña a leer, escribir, contar, además de religión y moral, así como nociones de algunas asignaturas a las que puedan alcanzar.

Al frente dela misma figura el Maestro Nacional Gerónimo Lorite Montoro, al cual auxilian tres profesores más. Se trata pues de una obra realmente útil y educativa, altamente provechosa para la clase obrera de Jaén, encontrándose actualmente con los medios y recursos que la sustentan en condiciones apropiadas para llenar su finalidad; siendo regida por una Junta de Señoras, de la cual soy Presidenta.

Con objeto de dar solidez a dicha Obra y disfrutar de los beneficios concedidos a las instituciones benéfico-docentes, deseo que por ese Ministerio sea declarada de beneficencia particular y bajo las siguientes condiciones:

1ª Que la fundación se constituye con carácter particular, rigiéndose sólo por lo que disponga la fundadora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4º del RD del 270/9/1912.

2º Que tanto la fundadora como sus sucesores en la Dirección y Administración de la fundación estarán por completo relevados  de la obligación de presentar presupuestos ni de rendir cuentas de ninguna clase y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4º del Reglamento de Beneficencia de 24/06/1913 que establece de una manera explícita que tanto para ella como para sus sucesores deja el cumplimiento de su voluntad a la fe y conciencia de su Patronato o Administrador.

3º Que constituida la Institución legalmente, y una vez que sea reconocida, pueda ostentar el carácter de persona jurídica, disfrutando de todos los beneficios inherentes a las mismas (Artículo 9º del Reglamento antes citado y 35 del Código Civil).

4º Que acompañándose adjunto la relación de los bienes que en la actualidad posee la Fundación se hace constar y se establece en cuanto a los valores del Estado depositados en el Banco de España, que en modo alguno se pida al declararse la Fundación, que se conviertan en láminas intransferibles, pues precisamente es la reserva con la que se cuenta para, en cualquier momento, acudir a ellas y vendiéndolas en la cuantía que sea precisa, poder atender a los fines de la expresada Fundación.

Suplico a V. E. que, de conformidad a las normas que señalo, sea hecha la declaración de Benéfico-Docente Particular a favor de la Institución denominada "Escuela Nocturna del Niño Jesús de Praga" de Jaén.

Madrid, 19/12/1930

Firmado, Catalina Mir de Bonilla


Bienes pertenecientes a la Institución denominada "Escuela Nocturna del Niño Jesús de Praga"

Bienes muebles:

Una casa donde se encuentra instalada la Escuela en la calle Ejido de la Alcantarilla de Jaén, marcada con el número 10 e inscrita en el Registro de la Propiedad en el folio 214 del tomo 501 del archivo y 254 del Ayuntamiento de Jaén, finca nº 10.205, inscripción 5ª. Dicha casa fue valorada en 19.000 pts.

Valores de Estado

Seis títulos deuda amortizable 5%. Sin impuestos. Emisión 1927, Serie A nº 384, 751, 752, 811, 226, 229. Por pesetas nominales 3.000.

Dos título deuda amortizable 5%. Sin impuestos. Emisión 1927. Serie A nº 399, 361, 362. Por pesetas nominales 1.000. 

Suman en total los valores y la casa de la Institución veinte y tres mil pesetas (23.000).

Los títulos antes relacionados se encuentran depositados a nombre de la Institución en el Banco de España de Jaén

Madrid, 19/12/1930

Firmado, Catalina Mir de Bonilla

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